El pasado 20 de marzo de 2026 se oficializó un cambio para el sector agroindustrial. A través de la Resolución 233/2026, el SENASA decidió eliminar la obligación de presentar habilitaciones municipales o provinciales para completar sus propios trámites nacionales.
Esta medida busca eliminar lo que el organismo considera una «duplicidad innecesaria de requisitos».
¿Qué cambió exactamente y a quiénes afecta?
La norma, que ya está en vigencia, borra de un plumazo la exigencia de papeles locales en los siguientes rubros:
- Laboratorios y Equinos: Ya no se pedirá habilitación municipal para laboratorios de diagnóstico de Anemia Infecciosa Equina ni para plantas que elaboren sus insumos.
- Cerdos: Para certificar un establecimiento como «Libre de Brucelosis Porcina», el único requisito formal ante SENASA será estar inscripto en el RENSPA.
- Maderas y Exportación: Los centros de tratamiento de embalajes de madera (CATEM) y fábricas similares ya no deben presentar el permiso municipal ante el organismo nacional.
- Aduana y Carga: En las terminales de carga, se reemplazan los permisos locales por la constancia de inicio de trámite ante la nueva ARCA (ex-AFIP).
- Avicultura y Mercados: Los establecimientos avícolas, predios feriales y mercados concentradores ya no necesitan consignar zonificaciones o permisos de uso de suelo municipales para obtener la habilitación sanitaria nacional.
- Productos Veterinarios: Las empresas que elaboran o distribuyen remedios para animales ya no deben presentar la habilitación provincial o municipal para inscribirse en el Registro Nacional.
Un dato importante: La resolución también ratifica que, para la eliminación de cadáveres animales, el método preferencial debe ser la composta, permitiendo otras variantes solo si no afectan la salud pública.
El Federalismo en el banquillo: Interrogantes necesarios
Si bien la noticia es bienvenida por la reducción de costos y tiempo, desde la perspectiva del derecho y los fundamentos del federalismo, surgen preguntas que todo productor y asesor debe considerar:
- ¿Se debilita la autonomía local? El federalismo exige que las naciones y sus estados (provincias y municipios) tengan instituciones propias y completas para funcionar. Al dejar de exigir la habilitación local, ¿está el SENASA ignorando la importancia de que los municipios validen la seguridad y salubridad en su propio territorio?
- El riesgo de la falta de coordinación: La teoría federal nos dice que la cooperación funciona mejor cuando hay un «mutuo acuerdo». Si el SENASA avanza sin exigir lo que la provincia pide, ¿podríamos encontrarnos con establecimientos que tienen el «gancho» nacional pero están en infracción local?
- ¿Eficiencia o Centralización? La simplificación de trámites suele ser vista como una forma de eficiencia. Sin embargo, en un sistema federal, es vital que no se confunda «agilidad» con una «descentralización» que le quite peso a las autoridades de cercanía (los intendentes), quienes son los que mejor conocen los límites y realidades de su suelo.
- La responsabilidad sigue siendo tuya: La resolución es clara en un punto: que el SENASA no te pida el papel municipal no significa que no debas tenerlo. Como productor, seguís siendo el responsable legal de cumplir con todas las capas de la ley (Nación, Provincia y Municipio).
En conclusión
La Resolución 233/2026 es un paso más en la desregulación reinante, pero nos obliga a estar más atentos que nunca. Ahora, el cumplimiento de las normas municipales corre por un carril separado.

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