La Resolución 808/2025, publicada el 23/10/2025, estableció el domicilio electrónico obligatorio para personas humanas y jurídicas inscriptas en registros y sistemas del organismo. Ese plazo general de adecuación ya transcurrió.
Hoy, la declaración se realiza de forma 100% digital por SIGTrámites, y SENASA informó en su sitio que hay un plazo operativo de 60 días desde el 18/03/2026 para completarla en el sistema.
Las notificaciones cursadas al domicilio electrónico tienen plena validez jurídica y producen los mismos efectos que el domicilio legal constituido.

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