Contenido central de la norma
- La resolución alcanza a productos veterinarios nacionales o importados, inyectables, destinados al tratamiento de la sarna ovina causada por el ácaro Psoroptes ovis, que contengan lactonas macrocíclicas (avermectinas y milbemicinas).
- Estos productos deberán incorporar obligatoriamente en su rótulo, de forma clara y visible, la leyenda:
“PRODUCTO APTO PARA EL CONTROL DE LA SARNA OVINA”. - Solo podrán indicar en su rotulado y publicidad la leyenda “100 % DE EFICACIA” cuando ello haya sido expresamente acreditado por las últimas pruebas oficiales de inocuidad y eficacia realizadas conforme a la Resolución SENASA 532/2021.
Fundamento sanitario
La medida se sustenta en los resultados de pruebas oficiales realizadas por el SENASA, que demostraron que los productos inyectables formulados con lactonas macrocíclicas no lograron erradicar la sarna ovina en el 100 % de los animales tratados, incluso en zonas declaradas libres de la enfermedad, como sectores de la Patagonia.
El objetivo central es evitar información engañosa, garantizar la transparencia hacia los productores y reforzar el control sanitario en una enfermedad de alto impacto productivo y económico.
Plazo de adecuación y consecuencias
- Los titulares de registros cuentan con un plazo máximo de 90 días corridos desde la entrada en vigencia para adecuar el rotulado, mediante el sistema SIGTrámites y la actualización del Vademécum de Productos Veterinarios.
- Vencido dicho plazo, se cancelará la indicación de “100 % de eficacia” para la especie ovina.
- El incumplimiento podrá dar lugar a sanciones conforme a la Ley 27.233 y su normativa reglamentaria.
Desde Agrolex asesoramos a laboratorios, importadores y distribuidores de productos veterinarios en la adecuación regulatoria, revisión de rótulos y gestión de trámites ante SENASA.

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