Alerta novedad regulatoria de RENATRE en materia de trabajo agrario!

Resolución 56/2025 REGISTRO NACIONAL DE TRABAJADORES RURALES Y EMPLEADORES (RENATRE)


EL DIRECTORIO DEL RENATRE dictó la resolución 56/2025 del RENATRE que establece la implementación del “Sistema de Inspección del Trabajo Rural y la Seguridad Social” (SITRySS) en todas las delegaciones del RENATRE.

Establece el “PORTAL RENATRE” (portal.renatre.org.ar) y los recursos digitales que el RENATRE disponga como medio válido de notificación electrónica y trámites a efectos de la presente resolución.

Aprueba formularios digitales para su uso. Se instruye a la Gerencia General a adaptar protocolos de actuación y se establece un portal para notificaciones electrónicas.

Determina que para las inconsistencias que se detecten luego de la primera y segunda verificación descripta en el “ANEXO” se procederá a:

I. liquidar la deuda por contribución e infracción bajo los lineamientos de las Resoluciones RENATRE 302/2004, 369/2005, 904/2007, 188/2019, 1707/24, y sus normas complementarias y/o modificatorias;

II. proceder a la tercera verificación administrativa que determina la contribución e infracción del artículo 2° inc. III del “ANEXO”.

Considera registradas las relaciones laborales rurales cuando reúnan los requisitos de las Resoluciones RENATRE N° 64/2018, 626/2023, 639/2023 y sus modificatorias o complementarias.

Aclar que las impugnaciones correspondientes a las verificaciones administrativas notificadas continuarán rigiéndose por las Resoluciones RENATRE N° 302/2004, N° 904/2007, N° 7065/2022 y sus normas complementarias y modificatorias.

Se modifica el artículo 6 del ANEXO 1 de la Res. RENATRE N°302/2004 y artículo 6 del ANEXO 1 de la Res. RENATRE N° 904/2007 en cuanto “PLAZO, FORMA Y OPORTUNIDAD DE LA IMPUGNACIÓN”

Finalmente,  establece que los documentos y formularios digitales y/o electrónicos que se emitan en el marco de la presente resolución serán los únicos válidos y reconocidos oficialmente a los efectos del presente procedimiento, careciendo de eficacia jurídica cualquier otro instrumento que no se encuentre debidamente incorporado o derivado de la presente resolución.

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