OGM en Argentina: la Resolución 25/2026 de la Secretaría de Agricultura reglamenta el análisis del impacto comercial

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Resolución 25/2026: nuevo procedimiento para evaluar el impacto comercial de los OGM en Argentina

La Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca dictó la Resolución 25/2026, que reglamenta el procedimiento para analizar los impactos en la comercialización de los Organismos Genéticamente Modificados (OGM) en el país. Esta norma se integra al nuevo marco general establecido por la Resolución 255/2026 del Ministerio de Economía, que reorganizó todo el sistema regulatorio aplicable a los OGM.

Dentro de ese esquema, la Resolución 25/2026 desarrolla una de las tres evaluaciones previas a la autorización comercial: el dictamen de impacto comercial.

Alcance y contenido principal

En qué consiste la evaluación

La resolución asigna a la Dirección de Políticas de Mercados la responsabilidad de analizar si la autorización de un OGM podría generar efectos sobre la inserción internacional del sector agroindustrial argentino. El foco está puesto en riesgos o distorsiones comerciales que puedan surgir en mercados externos.

A diferencia de la Resolución 255/2026 —que regula todo el sistema de OGM— esta norma se concentra exclusivamente en cómo se tramita y resuelve la evaluación comercial.

Un alcance más amplio

El análisis deja de limitarse a organismos vegetales y pasa a abarcar todos los tipos de OGM, incluyendo eventos del reino animal y microorganismos, cuando corresponda.
La lógica es preventiva: incluso cuando no exista un riesgo comercial evidente, la autoridad busca contar con herramientas para evaluar cada caso según su naturaleza y uso propuesto.

Procedimiento y requisitos

Presentación de la solicitud

Los interesados deberán iniciar el trámite por TAD, acompañando la información técnica y documental prevista en el anexo de la resolución.

Facultades de la autoridad

Durante el análisis, la Dirección de Políticas de Mercados podrá:

  • solicitar información adicional,
  • convocar a áreas técnicas o especialistas,
  • mantener reuniones con los solicitantes para precisar el alcance del evento evaluado.

La norma también prevé que ciertos casos puedan quedar eximidos de esta evaluación, conforme al mecanismo de determinación previsto en la Resolución 255/2026.

Plazos y modalidades

El dictamen deberá emitirse dentro de un plazo máximo de 30 días hábiles, contados desde la finalización de las instancias técnicas previas aplicables según el tipo de OGM y su uso declarado.

Se incorpora además un procedimiento abreviado para eventos apilados, siempre que sus componentes ya hayan sido evaluados y no existan cambios sustanciales en las condiciones del mercado.

Cambios regulatorios relevantes

La Resolución 25/2026 deroga la Resolución 510/2011 y actualiza el régimen de análisis comercial para alinearlo con el nuevo sistema general de OGM.

En términos prácticos:

  • Resolución 255/2026: fija el marco general del sistema regulatorio de OGM.
  • Resolución 25/2026: reglamenta específicamente la evaluación de impacto comercial dentro de ese marco.

En síntesis

La nueva resolución no reemplaza el régimen integral de OGM, sino que lo complementa. Su aporte central es dotar al análisis de impacto comercial de un procedimiento más claro, actualizado y adaptable a la complejidad actual de la biotecnología y del comercio agroindustrial internacional.

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Regulatoria

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