SENASA prohíbe la vacunación contra la Peste Bovina: ¿qué cambia para la producción ganadera?

Detailed close-up of a brown and white cow eating hay inside a barn.

¿Qué cambia?

Mediante la Resolución SENASA 588/2026, el organismo prohibió en todo el territorio nacional la vacunación contra la Peste Bovina, así como la elaboración, importación, tenencia, distribución, comercialización y uso de vacunas destinadas a esa enfermedad. También se prohíbe el ingreso al país de animales de pezuña hendida que hayan sido vacunados contra la Peste Bovina.

¿Qué dispone la norma?

La resolución se fundamenta en que la Peste Bovina fue erradicada mundialmente en 2011 y que Argentina mantiene el reconocimiento internacional como país históricamente libre de la enfermedad.

En ese contexto, el SENASA entiende que la utilización de vacunas dejó de tener fundamento sanitario y que su eventual empleo podría dificultar las tareas de vigilancia epidemiológica ante una hipotética reintroducción del virus.

La prohibición alcanza tanto a la producción y comercialización de vacunas como a su utilización dentro del territorio nacional y al ingreso de animales vacunados.

¿Por qué es importante?

Desde el punto de vista operativo, la resolución tiene un impacto limitado sobre los productores, ya que la vacunación contra la Peste Bovina no formaba parte de los programas sanitarios vigentes en Argentina.

Su principal efecto consiste en adecuar el marco normativo nacional al estatus sanitario internacional del país y evitar la circulación de vacunas destinadas a una enfermedad considerada erradicada.

No obstante, la resolución sostiene que esta decisión contribuirá a preservar los mercados de exportación y facilitar futuras negociaciones sanitarias. Sin embargo, los fundamentos no identifican cuáles son los mercados que actualmente exigen esta prohibición ni desarrollan un análisis que permita verificar el alcance concreto de ese beneficio comercial.

Conclusión

La Resolución 588/2026 no modifica las obligaciones sanitarias habituales de los productores ganaderos ni introduce nuevos programas de control. Se trata, principalmente, de una adecuación normativa al reconocimiento internacional de Argentina como país libre de Peste Bovina.

Desde una perspectiva regulatoria, la medida consolida una situación sanitaria preexistente. Su incidencia práctica será reducida en el mercado interno, aunque contribuye a mantener la coherencia entre la normativa nacional y los estándares internacionales aplicables al comercio de animales y productos de origen animal.

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