El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA) dictó la Resolución 980/2025, que modifica en profundidad el régimen de control de los embalajes de madera previsto en la Resolución 614/2015, alineándolo plenamente con la Norma Internacional para Medidas Fitosanitarias NIMF N° 15 de la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura.
La norma introduce un enfoque basado en gestión de riesgo, reduce cargas administrativas y moderniza el sistema de control, sin disminuir el nivel de protección fitosanitaria.
Objetivo central de la norma
Prevenir el ingreso y la dispersión de plagas cuarentenarias asociadas a embalajes de madera, simplificando procedimientos, eliminando duplicidades y priorizando controles posteriores y selectivos.
Alcance
- Aplica a toda mercadería que ingrese al país acondicionada en embalajes de madera, cualquiera sea el tipo de madera.
- Remite dinámicamente a la versión vigente de la NIMF N° 15 y sus anexos, evitando desactualizaciones normativas.
Cambios clave introducidos
1. Alineación plena con la NIMF N° 15
- El sello IPPC pasa a ser la regla general de acreditación del tratamiento.
- Documentación alternativa del fabricante o tratador solo cuando el sello sea ilegible, dañado o inaccesible.
2. Declaración Jurada simplificada
- Se reemplazan controles formales previos por una DDJJ con contenidos mínimos, centrada en:
- buen estado del embalaje, y
- ausencia de signos aparentes de actividad biológica.
- La DDJJ debe presentarse antes del arribo, por operación, vía sistema oficial.
3. Evaluación de riesgo por matriz
- SENASA aplicará una matriz parametrizada de riesgo, clasificando países de origen en:
- Riesgo Alto
- Riesgo Medio
- Riesgo Bajo
- Solo en función del riesgo se ordena inspección física.
4. Fiscalización posterior y por muestreo
- Se prioriza la inspección posterior al libramiento, reforzando trazabilidad sin demoras en frontera.
- Todas las actuaciones se digitalizan a través del sistema SIG EMBALAJES.
5. Medidas ante no conformidades
- Se adopta el principio de menor onerosidad:
- prioridad al tratamiento local en establecimientos habilitados,
- rechazo o reenvío solo como última opción.
- Si el embalaje es separable, la medida recae solo sobre el embalaje, no sobre la mercadería.
Reparaciones y reutilización
Toda reparación o reutilización que comprometa la integridad del embalaje:
- exige nuevo tratamiento, y
- remarcación IPPC, conforme NIMF N° 15.
Observación focalizada
Ante reiteración de no conformidades vinculadas a:
- un mismo código IPPC, o
- un mismo operador,
SENASA podrá aplicar controles reforzados, temporales y proporcionales, focalizados en el responsable.
Vigencia
- La resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación.
- El procedimiento de declaración del depósito final para inspección posterior rige a los 60 días.
Desde Agrolex asesoramos en:
- adecuación de importadores, despachantes y operadores logísticos,
- revisión de DDJJ y matrices de riesgo,
- gestión de no conformidades y observaciones reiteradas,

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