SENASA unifica la acreditación de veterinarios y técnicos privados

El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA) publicó en el Boletín Oficial del 15 de enero de 2026 la Resolución 43/2026 (RESOL-2026-43-APN-PRES#SENASA), mediante la cual establece un sistema único de acreditación para veterinarios, técnicos y otros operadores privados que intervienen en programas sanitarios y de bienestar animal.

La norma introduce un cambio estructural en la forma en que el SENASA registra y habilita a los profesionales que actúan como auxiliares del sistema sanitario nacional.

¿Cuál es el objetivo de la Resolución 43/2026?

El principal objetivo es unificar, simplificar y digitalizar los distintos regímenes de acreditación existentes, creando un trámite único que concentre todas las figuras acreditables bajo un mismo procedimiento administrativo.

Con ello, el SENASA busca:

  • Homogeneizar criterios de habilitación.
  • Reducir trámites superpuestos.
  • Mejorar la trazabilidad y el control de los operadores privados.
  • Fortalecer la vigilancia epidemiológica y el bienestar animal.

¿Qué cambia con el nuevo sistema?

1. Trámite único de acreditación

Se establece un único trámite digital, que se gestiona a través del Sistema Único de Registro (SUR) del SENASA.
Este trámite reemplaza y consolida los procedimientos de acreditación que antes se encontraban dispersos en distintas normas y programas.

2. Validez de la acreditación

La acreditación otorgada tendrá una vigencia de cuatro (4) años, contados desde su aprobación.

Las acreditaciones ya otorgadas mantienen su validez hasta su vencimiento original, sin necesidad de reempadronamiento inmediato.

¿A quiénes alcanza la norma?

La Resolución 43/2026 alcanza, entre otros, a:

  • Veterinarios privados.
  • Técnicos y operadores sanitarios.
  • Vacunadores y responsables de campañas sanitarias.
  • Inspectores y colaboradores privados en programas oficiales.

Todos ellos, cuando actúen en el marco de programas, planes o acciones sanitarias bajo competencia del SENASA.

Funciones y responsabilidades de los acreditados

Los profesionales y técnicos acreditados podrán intervenir, según su perfil, en tareas vinculadas a:

  • Vigilancia epidemiológica.
  • Notificación obligatoria de enfermedades.
  • Campañas sanitarias oficiales.
  • Acciones de control sanitario y bienestar animal.
  • Apoyo técnico en emergencias sanitarias.

La norma refuerza el carácter de auxiliares del sistema sanitario nacional, con deberes específicos frente a la autoridad sanitaria.

Requisitos principales para la acreditación

Para acceder al trámite único de acreditación se exige, como mínimo:

  • CUIT o CUIL y clave fiscal.
  • Título habilitante (para veterinarios) o capacitación reconocida (para técnicos y operadores).
  • Domicilio electrónico constituido ante el SENASA.

El detalle de requisitos y validaciones se gestiona íntegramente por vía digital.

Régimen disciplinario y sanciones

La resolución establece un marco de responsabilidades y prevé sanciones ante incumplimientos, tales como:

  • Omisión de notificaciones sanitarias.
  • Certificaciones falsas o inexactas.
  • Incumplimiento de protocolos oficiales.

Las sanciones pueden incluir suspensión o baja definitiva de la acreditación, sin perjuicio de otras responsabilidades previstas en la legislación sanitaria vigente.

Entrada en vigencia

La Resolución 43/2026 rige desde su publicación en el Boletín Oficial y consolida el nuevo esquema de acreditación centralizada para operadores sanitarios privados en todo el país.

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